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Diferencias entre declinatoria e inhibitoria: ¿cuándo utilizar cada una?

Introducción

Cuando una persona es demandada en un proceso legal, puede existir la posibilidad de presentar una declinatoria o una inhibitoria. Estos son términos jurídicos que pueden llegar a confundir a aquellos que no están familiarizados con el tema. En este artículo, nosotros te explicaremos de manera sencilla y clara en qué consisten la declinatoria e inhibitoria.

Declinatoria

La declinatoria es una figura jurídica que se presenta cuando el demandado considera que no es competente el juez o tribunal que está conociendo del proceso. Es decir, que la persona demandada no considera que el juez o tribunal tenga la autoridad para conocer del asunto que se le plantea.

Cuando se presenta la declinatoria el juez o tribunal deberá decidir si aceptar o no su competencia. Si acepta su competencia, el proceso judicial continuará en ese juzgado o tribunal. En cambio, si el juez o tribunal decide no aceptar su competencia, el caso será remitido a otro juzgado o tribunal que tenga la competencia adecuada.

Inhibitoria

Por otro lado, la inhibitoria puede ser presentada por el juez o tribunal que conoce del asunto cuando considera que otro juzgado o tribunal es competente para conocer del caso. Esta figura jurídica es diferente a la declinatoria, ya que en esta ocasión es el propio juez o tribunal quien está reconociendo su falta de competencia.

La inhibitoria se presenta cuando el juez o tribunal considera que no es competente para conocer del asunto debido a alguna razón específica, como el domicilio de alguna de las partes, el lugar donde se realizó el contrato o el territorio donde se produjo el hecho que origina el proceso.

En este caso, el juez o tribunal que recibe la inhibitoria deberá decidir si aceptar o no su competencia. Si acepta su competencia, el caso será remitido de nuevo al juez o tribunal que presentó la inhibitoria, para que continúe con el proceso judicial. Si no acepta su competencia, el caso será enviado a otro juzgado o tribunal que tenga la competencia adecuada.

Similaridades y diferencias entre la declinatoria e inhibitoria

Tanto la declinatoria como la inhibitoria tienen como objetivo principal definir cuál juzgado o tribunal es competente para conocer del proceso judicial. Ambas figuras jurídicas son presentadas por una de las partes del proceso.

La principal diferencia entre ambas figuras jurídicas es que la declinatoria es presentada por la parte demandada, mientras que la inhibitoria es presentada por el juez o tribunal que conoce del proceso. Además, la declinatoria se presenta cuando se considera que el juez o tribunal no tiene competencia para conocer del asunto, mientras que la inhibitoria se presenta cuando el juez o tribunal reconoce su falta de competencia.

Conclusión

En conclusión, tanto la declinatoria como la inhibitoria son figuras jurídicas que buscan definir cuál es el juzgado o tribunal competente para conocer de un proceso judicial. Es importante comprender la diferencia entre ambas figuras, ya que mientras que la declinatoria es presentada por la parte demandada, la inhibitoria es presentada por el juez o tribunal que conoce del proceso.

Esperamos que este artículo haya aclarado tus dudas y te haya brindado una mejor comprensión sobre la declinatoria e inhibitoria. En caso de tener preguntas o necesitar asesoramiento legal, te recomendamos buscar un abogado especializado en la materia.

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