Introducción
En el ámbito legal, el término “tentativa” se refiere a la intención de cometer un delito, acompañada de una conducta que, aunque no logra agotar la acción típica, está dirigida a su realización. Según el resultado de la acción, la tentativa puede ser clasificada como acabada o inacabada. En este artículo, nos enfocaremos en explicar las diferencias entre ambas modalidades de tentativa.
Tentativa acabada
Cuando hablamos de tentativa acabada, nos referimos a una situación en la que el sujeto realiza todos los actos necesarios para llevar a cabo el delito planeado, pero por circunstancias ajenas a su voluntad, no logra consumarlo. En este caso, el sujeto ya ha dado un paso más allá del simple acto preparatorio del delito, el cual, en sí mismo, no es punible. De hecho, la tentativa acabada es considerada como un delito en sí mismo, sujeto a las mismas sanciones que el delito consumado.
Para que se configure este tipo de tentativa, es necesario que la conducta realizada por el sujeto se haya dirigido específicamente a la materialización del delito. Es decir, que la conducta sea idónea para llevar a cabo el delito propuesto. Además, el sujeto debe haber tenido la intención de cometer el delito y haber actuado con el propósito de consumarlo.
Tentativa inacabada
La tentativa inacabada, por otro lado, se presenta cuando el sujeto no ha logrado realizar todos los actos necesarios para llevar a cabo el delito, y es detenido antes de que tenga la oportunidad de hacerlo. En este caso, la conducta realizada ha sido insuficiente para agotar la acción típica, pero aun así es sancionable. La tentativa inacabada es menos grave que la tentativa acabada, por lo que las sanciones son menores.
El sujeto debe haber realizado una conducta que esté dirigida a la comisión del delito, que tenga una idoneidad objetiva para la consumación de este y que además, evidencie una decisión criminal. Es decir, que haya una voluntad inequívoca de llevar a cabo el delito. Si falta alguno de estos elementos, no se configura la tentativa de ningún tipo.
¿Por qué es importante distinguir entre tentativa acabada e inacabada?
Es importante distinguir entre tentativa acabada e inacabada por las diferentes sanciones que se aplican en cada caso. Como ya se mencionó, la tentativa acabada es una figura mucho más grave que la inacabada. Sin embargo, para los efectos del proceso penal, es necesario establecer de forma clara la modalidad de tentativa llevada a cabo por el sujeto, para de esa manera, ajustar las sanciones y medidas judiciales correspondientes.
Además, la distinción entre ambas formas de tentativa también tiene implicaciones en la evaluación de la culpabilidad del sujeto. En la tentativa acabada, se puede considerar al sujeto como si hubiera cometido el delito, mientras que en la tentativa inacabada, es necesario aplicar una reducción de la pena debido a la falta de consumación del delito.
Conclusión
Como hemos visto, la tentativa es un concepto importante en el ámbito legal que describe la intención de cometer un delito acompañada de una conducta dirigida a su realización. Dentro de esta figura, podemos distinguir entre tentativa acabada e inacabada, las cuales tienen implicaciones significativas en el proceso penal y en la evaluación de la culpabilidad del sujeto.
Es importante tener en cuenta que el ámbito de la tentativa es complejo y que cada situación debe ser analizada de forma detallada para determinar si las conductas realizadas por el sujeto constituyen una tentativa de delito y qué tipo de tentativa es. En todos los casos, es fundamental contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho penal para la defensa y representación del sujeto.